BOLETIN DE PRENSA No. 004 DEL MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL -SOLICITUD ACTUALIZACION REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD (REPSS): PLAZO HASTA EL 15 DE MARZO DE 2.010.
Las Empresas Promotoras de Salud, EPS, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, y los Profesionales Independientes deben actualizar la información del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPSS).
Es importante que los prestadores de servicios de salud tengan claro que si no se encuentran en el consolidado de la Base de datos del REPSS www.minproteccionsocial.gov.co/habilitacion del Ministerio de la Protección Social, no existen para el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad.
Hay que aclarar a los Prestadores de servicios de salud, que para efectos de establecer contratos con las Empresas Promotoras de Salud, se deberá cumplir con lo establecido en el Articulo 26 del Decreto 1011 de 2006, donde el asegurador deberá verificar que el prestador de servicios de salud, se encuentre inscrito en el REPSS, de no ser así deberá aclarar primero su situación ante el INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DE NORTE DE SALTANDER (Calle 10 – Avenida 0 - Edificio Rosetal - Tercer Piso - Oficina Vigilancia y Control de Servicios de Salud).
Si alguna de estas Entidades no se encuentra en la base de datos consolidada, que maneja el Ministerio de la Protección Social, va a tener dificultades, como la imposibilidad de que se realice un cargue exitoso del reporte obligatorio de los indicadores de calidad, que deberán cumplir las instituciones Prestadoras de Servicios de salud, según la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.




















